Me han notificado una orden de restricción. ¿Qué debo hacer?

Si usted ha sido servido con una orden de restricción, puede ser a la vez desalentador y abrumador, especialmente si usted nunca ha estado involucrado con el sistema judicial de antemano. Las órdenes de alejamiento suelen ser notificadas por la policía. Que la policía se presente en la puerta de su casa no es una experiencia que muchos deseen tener, pero se hace de esta manera porque el tribunal requiere que se verifique que usted ha sido notificado con la orden de restricción. Esto se hace para asegurarse de que se le notifican los términos de la orden y para la retirada segura de cualquier arma de fuego que pueda poseer.

Antes que nada, es vital que conozca los términos específicos de la orden de alejamiento. A menudo, una orden de alejamiento requiere que no haya contacto entre usted y la parte que solicitó la orden de alejamiento, así como una orden de alejamiento de aproximadamente 50-100 yardas. La prohibición de contacto no es sólo el contacto directo entre usted y la persona, sino también el contacto con terceros. Esto significa que no puede hacer que otra persona transmita un mensaje a la persona que solicitó la orden. Además, si tiene armas de fuego, la orden probablemente requerirá que entregue su tarjeta FID y todas las armas de fuego a la policía mientras la orden de alejamiento esté en vigor. Es vital que esto se haga de inmediato. De lo contrario, se arriesga a ser acusado de violar la orden o incluso de poseer ilegalmente un arma de fuego simplemente por olvido.

Recuerde, una orden de alejamiento es una orden civil. El mero hecho de tener una orden de alejamiento presentada contra usted no es un delito. Sin embargo, violar una orden de alejamiento es un delito. Es un delito menor que conlleva una pena máxima de dos años y medio de cárcel. Además, cualquier admisión o condena por violar una orden de restricción requiere la finalización del programa para agresores, que es una clase de cuarenta semanas que se reúne semanalmente, independientemente de si se alega violencia física, a menos que el juez que dicta la sentencia determine por escrito por qué no sería apropiado dadas las circunstancias.

Habrá una nueva audiencia sobre la orden de restricción dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la orden de restricción. Esto le permite tener la oportunidad de comparecer ante el tribunal para oponerse a la prórroga de la orden de alejamiento. En el tribunal, por lo general, usted tiene derecho a interrogar a la persona que solicitó la orden, a presentar pruebas en su propia defensa y a argumentar ante el tribunal por qué no debe prorrogarse la orden. El juez tiene que concluir con una preponderancia de las pruebas que se ha producido un «abuso», que se define como «la ocurrencia de uno o más de los siguientes actos entre miembros de la familia o del hogar: (a) intentar causar o causar un daño físico; (b) hacer temer a otra persona un daño físico grave e inminente; o (c) hacer que otra persona mantenga relaciones sexuales involuntariamente por la fuerza, la amenaza o la coacción». G. L. c. 209A, § 1. Lo mejor es que un abogado le represente en un procedimiento de este tipo por varias razones. Es posible que usted no esté familiarizado con los procedimientos judiciales. Basado en las alegaciones, podría ser mejor que usted no testifique sino que se enfrente al acusador a través de las preguntas y argumentos de un abogado experimentado. Las reglas de la prueba en este tipo de procedimientos se aplican con flexibilidad, «siempre que haya equidad en las pruebas que se admiten y en las que se basan». Frizado v. Frizado, 420 Mass. 592, 597-598 (1995). En última instancia, el juez podría emitir la orden hasta un año, por lo que hay mucho en juego. Sólo hay unos pocos días entre la recepción de la orden de alejamiento y la comparecencia ante el tribunal, por lo que es importante consultar con un abogado lo antes posible para que usted y su abogado estén totalmente preparados para la vista.

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