Posesión con intención de entregar en Nueva Jersey

La aplicación de la ley en Nueva Jersey se ha mantenido motivada para continuar persiguiendo a los involucrados en la distribución ilegal de drogas, ya que en 2018 hubo 3,118 muertes por sobredosis de drogas. Los datos del Departamento de Correcciones muestran que 2.717 delincuentes de drogas estaban en las instalaciones penitenciarias del estado: la mayoría de ellos están relacionados con el tráfico y la distribución. La División de Nueva Jersey de la Administración para el Control de Drogas (DEA) dice que la mayoría de las drogas peligrosas que están encontrando incluyen la heroína, el fentanilo, la cocaína, los medicamentos recetados y la metanfetamina.

Drogas implicadas en los delitos de tráfico en los EE.UU.

Cocaína

Metanfetamina

Marihuana

Crack Cocaína

Heroína

Oxicodona

Otros

24.1%

24%

21.5%

13.1%

9.8%

4.6%

3%

Los datos federales muestran que la mayoría de los condenados por tráfico de drogas son condenados a prisión. La sentencia media es de aproximadamente seis años. Aproximadamente el 32% de los que están en centros correccionales estatales y el 26% en centros correccionales federales estaban consumiendo drogas en el momento de cometer sus delitos.

Posesión con intención de entregar

Es importante definir primero el significado del delito. Entregar describe un acto que transfiere o intenta transferir una sustancia controlada de una parte a otra. El acto de posesión implica procurar intencionalmente o recibir y controlar algo. Es necesario probar que el individuo tenía a sabiendas el artículo en su poder.

Nueva Jersey considera un delito «fabricar, distribuir o dispensar a sabiendas una sustancia controlada». La gravedad de estos delitos generalmente varía según la sustancia involucrada y la cantidad de la misma. Es importante tener en cuenta que la cantidad, a menudo expresada por el peso, incluye cualquier aditivo o cualquier sustancia utilizada para diluir la droga. A continuación se indican algunas de las sustancias más comunes:

Heroína o cocaína
  • Cinco onzas o más es un delito de primer grado
  • Entre media onza y cinco onzas es un delito de segundo grado
  • Menos de unamedia onza es un delito de tercer grado
Dietilamida de ácido lisérgico (LSD)
  • 100 miligramos o más es un delito de primer grado
  • Menos de 100 miligramos es un delito de segundogrado
Metanfetamina
  • Cinco onzas o más es un delito de primer grado
  • Entre media onza y cinco onzas es un delito de segundo grado
  • Menos de unamedia onza es un delito de tercer grado
Marihuana
  • 25 libras o más o 50 plantas o más es un delito de primer grado
  • Entre cinco libras y 25 libras o entre 10 y 50 plantas es un delito de segundogrado
  • Entre una onza y cinco libras es un delito de tercer grado
  • Menos de una onza es un delito de cuarto grado

Hashish
  • Cinco libras de más es un delito de primergrado
  • Entre una y cinco libras es un delito de segundo grado
  • Entre cinco gramos y una libra es un delito de tercergrado
  • Menos de cinco gramos es un delito de cuartogrado

Delitos y penas estándar en Nueva Jersey

Nivel de delito

Periodo de encarcelamiento Período

Multa máxima

Primer delito

De 10 a 20 años

Hasta 200,000

Segundo Grado

5 a 10 años

Hasta 150 dólares,000

Tercer Grado

De 3 a 5 años

Hasta 15$,000

Cuarto Grado

18 meses

Hasta $10,000

Aumentos de pena por posesión con intención de entregar

Los legisladores de Nueva Jersey han aumentado la severidad de las penas que pueden imponerse cuando se produce una condena. En las condenas de primer grado que implican heroína, cocaína o dietilamida de ácido lisérgico, la multa puede aumentar a 500.000 dólares y el tribunal puede exigir que se cumpla una pena de prisión mínima obligatoria sin derecho a libertad condicional. En las condenas de primer grado que implican metanfetamina, marihuana o hachís, la multa puede aumentar a 300.000 dólares. Hay otras mejoras que pueden aplicarse a los delitos de menor grado.

Emplear a un menor en la distribución de drogas (2C:35-6)

Si un adulto es condenado por utilizar o emplear a un menor para ayudar en sus esfuerzos de distribución de drogas puede ser acusado de un delito de segundo grado. Esto se aplica sin importar el tipo o la cantidad de droga involucrada. Este delito es otro ejemplo en el que el tribunal puede imponer penas mayores al infractor. La multa máxima puede aumentar a 500.000 dólares y se puede imponer una pena de prisión mínima obligatoria sin derecho a libertad condicional. La ley no permite que el presunto delincuente emplee la defensa de que creyó erróneamente que el menor era en realidad un adulto.

Distribución en una zona escolar (2C:35-7)

Los adultos que participen en la distribución de una sustancia controlada en la propiedad de una escuela o a menos de 1.000 pies de una escuela o autobús escolar pueden ser acusados de un delito de tercer grado. Este delito es también otro ejemplo en el que los tribunales pueden imponer penas mayores al infractor. La multa máxima puede aumentarse a 150.000 dólares y puede imponerse una pena de prisión mínima obligatoria sin derecho a libertad condicional.

Distribución a menores (2C:35-8)

Si un adulto es condenado por intentar distribuir sustancias controladas a menores o a mujeres embarazadas, el tribunal puede duplicar la pena de prisión, la multa y la pena de prisión mínima obligatoria sin derecho a libertad condicional. Estas penas aumentadas pueden ser solicitadas por el fiscal. Cualquier disposición de «presunción de no encarcelamiento» no es aplicable a estas penas.

Responsabilidad objetiva por muertes por sobredosis (2C: 35-9)

Un delincuente puede ser considerado estrictamente responsable si entrega sustancias controladas a un usuario que sufre una sobredosis mortal. El concepto de responsabilidad objetiva en este contexto significa que el vendedor de drogas es culpable de un delito de primer grado si el receptor muere por el uso. No es necesario establecer otros elementos para probar el delito más allá de eso. El acusado no puede emplear la defensa de que el consumidor de drogas fallecido contribuyó de alguna manera a su muerte.

Posible suspensión de los privilegios de conducir (2C:35-16)

Las personas condenadas por la mayoría de los delitos relacionados con las drogas en Nueva Jersey también pueden enfrentarse a una pena que revoque sus privilegios de conducir por un período de entre seis y 24 meses. Se puede hacer una excepción a esta pena si existen «circunstancias apremiantes» que indiquen que la pérdida de los privilegios crearía dificultades significativas y que no hay otro tipo de transporte disponible.

Abogados defensores de acusaciones de posesión con intención de entregar

A la luz de los continuos problemas que se asocian con el abuso de drogas, los legisladores han aumentado la severidad de las penas que se pueden imponer en los delitos relacionados. Los fiscales son a menudo motivados a perseguir las penas más severas debido a la protesta pública generada por las sobredosis relacionadas con las drogas, el crimen violento, y la adicción. El abogado Joseph D. Lento desafiará agresivamente las alegaciones y pruebas como parte de una estrategia de defensa más amplia. Para una evaluación del caso, llame a la oficina hoy al (888) 535-3686.

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